Adiós al anonimato en las Sociedades Anónimas

El pasado 26 de abril de 2018 se aprobó por la Cámara de Diputados una reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles que establece que las sociedades mercantiles, tales como las SA de CV, las sociedades de responsabilidad limitada y otras, estarán obligadas a poner a disposición de la Secretaria de Economía el contenido de su libro especial de socios.

Esto le dará acceso a la Secretaría de Economía a datos relevantes de cada socio, como su nombre, nacionalidad y domicilio.

Las modificaciones a dicho registro de socios y la estructura accionaria también deben informase a la Secretaría de Economía hasta el punto de conocer el beneficiario final de las acciones, por ejemplo, en el caso de las sociedades anónimas.

Esta información deberá ser otorgada a través del portal de publicaciones de sociedades mercantiles.

Esta información no será de uso público y solamente se dará a conocer a las autoridades que lo requieran para  dar cumplimiento a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para combatir el lavado de dinero,  el financiamiento al terrorismo y otras amenazas al sistema monetario internacional.

En resumen, se termina jurídicamente el anonimato de los socios  y  la identidad del  último beneficiario  cuando se presume lavado de dinero.

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